Artículo 297 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 297.- Interrupción del plazo para apelar.- La aclaración propuesta interrumpe el plazo señalado para la apelación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.