Código Penal estatal

Artículo 207 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014; · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 207.- Cesación provisional de los efectos de la suspensión del proceso a prueba.- La obligación de cumplir con las condiciones establecidas y el plazo de suspensión cesarán mientras el imputado esté privado de su libertad en forma preventiva por otro proceso. Pero se reanudarán una vez que obtenga su libertad.

Si el imputado está sometido a otro proceso y goza de libertad, la obligación de cumplir con las condiciones y el plazo seguirá su curso, pero no podrá decretarse la extinción de la acción penal sino cuando quede firme la resolución que lo exime de responsabilidad por el nuevo hecho.

La revocación de la suspensión del proceso no impedirá el pronunciamiento de una sentencia absolutoria, ni la concesión de algunas de las medidas sustitutivas a la privación de libertad, cuando fueren procedentes.

N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE PÁRRAFO, VÉASE TRANSITORIO ÚNICO DEL DECRETO QUE MODIFICA EL CÓDIGO.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2009)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 207 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California (Código vigente en Mexicali; en Ensenada entrará en vigor el 11 de agosto de 2014;?

Cesación provisional de los efectos de la suspensión del proceso a prueba.- La obligación de cumplir con las condiciones establecidas y el plazo de suspensión cesarán mientras el imputado esté privado de su libertad en…

¿Está vigente el artículo 207?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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