Artículo 153 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El monto de la reparación de daños y perjuicios no está sometido al principio de asequibilidad, por tratarse de una garantía constitucional del ofendido, y deberá garantizarse íntegramente para gozar del beneficio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.