Artículo 473 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las cuestiones de competencia objetiva pueden plantearse por declinatoria o por inhibitoria.
Una vez iniciado uno de estos medios, no se podrá abandonar para recurrir al otro, ni emplear los dos sucesivamente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.