Artículo 479 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando la incompetencia por inhibitoria afecte a un juez de otra entidad o de la federación, el incidente deberá plantearse directamente ante el Tribunal Superior de Justicia, para que resuelva en los mismos términos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.