Artículo 532 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando exista depósito para garantizar la reparación del daño, al causar ejecutoria una sentencia, se aplicará a este objeto, si el condenado no cubre voluntariamente su importe.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.