Artículo 535 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El trabajo en comunidad será organizado y supervisado por el órgano penitenciario, informando al juez cuando esta pena se haya cumplido o en su caso, cuando el condenado la haya ignorado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.