Artículo 346 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 346. El sobreseimiento se decretará solo en relación con el imputado o delito en el que sea aplicable la causa que lo motive.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.