Artículo 14 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Guerrero, Número 357 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las actuaciones del ramo penal podrán practicarse a toda hora y aún en los días feriados, sin necesidad de previa habilitación, se deberán escribir en máquina, a mano o por cualquier otro medio apropiado y se expresará en cada uno de ellos el día, mes y año en que se practiquen. Las fechas y cantidades se escribirán con letra y además con cifras.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.