Código de Proc. Penales estatal

Artículo 302 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La caución o garantía consistente en depósito en efectivo, será recibida por el juzgador quien, con toda oportunidad, la remitirá al Tribunal Superior de Justicia. El recibo oficial se hará constar en el expediente y se depositará en el secreto del juzgado, asentándose razón en autos.

(REFORMADO, P.O. 14 DE ENERO DE 2002)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 302 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo?

La caución o garantía consistente en depósito en efectivo, será recibida por el juzgador quien, con toda oportunidad, la remitirá al Tribunal Superior de Justicia. El recibo oficial se hará constar en el expediente y se…

¿Está vigente el artículo 302?

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