Artículo 420 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Durante la instrucción se celebrarán las audiencias de prueba que sean estrictamente indispensables para su desahogo. Al realizarse la que señale el auto de procesamiento, se fijará el día y hora para la siguiente y así sucesivamente para las demás que resulten.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.