Código de Proc. Penales estatal

Artículo 437 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El juez dictará la sentencia, en los plazos que establece el artículo 19 de este Código, según el delito de que se trate. Se contarán a partir del auto del procesamiento.

Después de la cita para sentencia, ésta se pronunciará en los plazos que establece el artículo 65 de este Código.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 437 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Hidalgo?

El juez dictará la sentencia, en los plazos que establece el artículo 19 de este Código, según el delito de que se trate. Se contarán a partir del auto del procesamiento. Después de la cita para sentencia, ésta se…

¿Está vigente el artículo 437?

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