Artículo 318 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si el acusado o su defensor no contestaron la acusación por escrito, el juez les otorgará la oportunidad de hacerlo verbalmente.
Comparecencia del ministerio público y del defensor
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.