Artículo 67 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de México
Código de Procedimientos Penales para el Estado de México · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 67. Los autos serán congruentes con la petición formulada.
Autos fuera de audiencia
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.