Artículo 458 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando se conceda la libertad condicional, se recibirá una información sobre la solvencia e idoneidad de la persona a que se refiere la fracción I del artículo 97 del Código Penal, que hubiere sido propuesta, y en vista de ello se resolverá si es de admitirse.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.