Artículo 108 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Requisitos de la orden de aprehensión).- El Ministerio Público solicitará y el Juez liberará orden de aprehensión contra el imputado, cuando estén reunidos los requisitos que señala el artículo 16 Constitucional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.