Artículo 140 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Protesta del imputado).- El auto que conceda la libertad bajo protesta no surtirá efectos hasta que el imputado proteste formalmente presentarse ante el juez o tribunal que conozca del asunto, cuando se le ordene.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.