Artículo 147 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Aplicabilidad de las reglas de este título).- Las normas contenidas en el presente título serán aplicables a las pruebas que se practiquen en el proceso, así como, en lo conducente, a las que se produzcan en las diligencias de preparación del ejercicio de la acción penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.