Artículo 159 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Examen de personas).- Al practicarse una inspección podrá examinarse a las personas presentes, que puedan proporcionar algún dato útil para esclarecimiento de los hechos, a cuyo efecto se les podrá prevenir que de no abandonen el lugar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.