Código de Proc. Penales estatal

Artículo 164 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

(Versiones distintas de los hechos).- Cuando hubiere versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, se practicarán, si fuere conducentes al esclarecimiento de los mismos, las reconstrucciones relativas a cada una de aquéllas, y, en caso de que se haga necesaria la intervención de peritos, éstos dictaminarán sobre cual de las versiones pueden acercarse más a la verdad.

CAPITULO IV DICTAMEN DE PERITOS

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 164 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro?

(Versiones distintas de los hechos).- Cuando hubiere versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los hechos, se practicarán, si fuere conducentes al esclarecimiento de los mismos, las reconstrucciones…

¿Está vigente el artículo 164?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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