Artículo 165 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Intervención de peritos).- Siempre que para el examen de personas, hechos u objetos se requieran conocimientos especiales de determinadas ciencias, técnicas o artes se procederá con intervención de peritos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.