Código de Proc. Penales estatal

Artículo 269 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

(Notificación del auto).- EL auto de formal prisión se notificará al responsable del establecimiento donde se encuentre detenido el procesado. Si este funcionario no recibe copia autorizada de la mencionada resolución dentro de las setenta y dos horas siguientes al acto en que se puso al procesado a disposición de su juez, deberá llamar la atención de éste sobre dicho particular en el acto mismo de concluir el término, y si no recibe la constancia mencionada dentro de las tres horas siguientes, lo pondrá en libertad.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 269 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro?

(Notificación del auto).- EL auto de formal prisión se notificará al responsable del establecimiento donde se encuentre detenido el procesado. Si este funcionario no recibe copia autorizada de la mencionada resolución…

¿Está vigente el artículo 269?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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