Código de Proc. Penales estatal

Artículo 277 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

(Plazo para formular conclusiones).- Cerrada la instrucción, el Juzgador mandará poner la causa a la vista del Ministerio Público, por el plazo que estime prudente, de acuerdo con el número de fojas que estime prudente, de acuerdo con el número de fojas que integran el expediente, pero que en ningún caso podrá ser menor de cinco días ni exceder de un máximo de quince días, para que formule conclusiones por escrito.

Si el ofendido o sus legítimos representantes desean formular conclusiones, lo harán dentro del mismo plazo concedido al Ministerio Público.

Transcurrido el plazo al que se refiere el párrafo anterior sin que el Ministerio Público haya presentado conclusiones, el juez deberá informar al Procurador acerca de esta omisión, para que dicha autoridad formule u ordene la formulación de las conclusiones pertinentes, dentro del plazo de cinco días sin perjuicio de disponer las medidas disciplinarias que correspondan.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 277 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 277 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro?

(Plazo para formular conclusiones).- Cerrada la instrucción, el Juzgador mandará poner la causa a la vista del Ministerio Público, por el plazo que estime prudente, de acuerdo con el número de fojas que estime prudente,…

¿Está vigente el artículo 277?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.