Artículo 289 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Aclaración de sentencia).- EL Ministerio Público, el acusado o su defensor, podrán solicitar la aclaración de la sentencia, dentro de un plazo de tres días contados desde la notificación y expresando claramente el punto respecto del cual la pidan.
EL ofendido también podrá solicitar la aclaración por lo que cediere a la reparación de los daños y perjuicios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.