Artículo 309 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Efectos de la interposición de las impugnaciones).- La interposición de las impugnaciones, según el caso, tendrá los siguientes efectos:
Y.- Efectos ejecutivo y suspensivo, que se determinarán en atención a que se deba o no ejecutar interpuesta; y II.- Efecto extensivo, que se presenta cuando la impugnación se plantea en un proceso seguido contra varios imputados; situación en la que el resultado de la impugnación interpuesta por uno de ellos, siendo favorable al mismo, beneficie también a los demás, a no ser que se base en motivos exclusivamente personales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.