Artículo 311 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Discrepancia respecto a la interposición o desistimiento de la impugnación).- En caso de discrepancia entre el imputado y su defensor en relación con la interposición de un medio de impugnación, se tendrá por interpuesto.
Si la discrepancia versa sobre el desistimiento del medio de la impugnación, el desistimiento no tendrá eficacia alguna.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.