Artículo 41 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Forma de actuaciones).- A cada actuación se agrega un breve marginal que indique el objeto de la misma. Todas las fechas y cantidades se escribirán con número y letra.
En las actuaciones no se emplearán abreviaturas; sobre las palabras equivocadas se podrá una línea que permita su lectura, salvándose con toda precisión, antes de las firmas, el error cometido. En la misma forma se salvarán las palabras que se hubieren entrerreglonado.
Las actuaciones se asentarán en los expedientes en forma continua.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.