Artículo 90 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
(Exhortos federales o estatales).- Se dará fe y crédito, debiendo a los exhortos que libren los juzgados federales o estatales, debiendo cumplimentarse siempre que llenen las condiciones fijadas por este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.