Artículo 137 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando se ejecute una orden de aprehensión dictada contra persona que maneje fondos públicos, se tomarán las providencias necesarias para que no se interrumpa el servicio y para que haga entrega de los fondos, valores y documentos que tenga en su poder, dictándose entre tanto, las medidas preventivas que se juzguen oportunas, para evitar que se sustraigan a la acción de la justicia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.