Artículo 138 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas)
Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí (ver reformas) · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando un empleado o funcionario público sea aprehendido, se comunicará su detención sin demora al superior jerárquico respectivo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.