Artículo 102 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A los defensores de oficio, cuando no se les pueda hacer la notificación personalmente, se les hará por cédula que se fijará en lugar visible del Tribunal.
TITULO SEGUNDO DE LA AVERIGUACION PREVIA REGLAS COMUNES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.