Código de Proc. Penales estatal

Artículo 154 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En los casos del delito de daño en propiedad ajena causado por incendio, inundación o explosión, el Ministerio Público dispondrá que los peritos determinen en cuanto fuere posible el modo, lugar y tiempo en que se efectuó, las causas que lo produjeron, el monto de los daños causados o el peligro corrido para la vida de las personas o para los bienes en cuestión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 154 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

En los casos del delito de daño en propiedad ajena causado por incendio, inundación o explosión, el Ministerio Público dispondrá que los peritos determinen en cuanto fuere posible el modo, lugar y tiempo en que se…

¿Está vigente el artículo 154?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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