Artículo 159 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Para la comprobación del cuerpo del delito y la probable o plena responsabilidad del inculpado, según el caso, el Ministerio Público y el Juez gozarán de las facultades mas amplias respecto de los medios de prueba que estimen conducentes según su criterio, siempre y cuando sean de los autorizados por la ley.
CAPITULO III CURACION DE HERIDOS Y ENFERMOS
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.