Artículo 237 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El funcionamiento que practique una diligencia de inspección, deberá cumplir en lo conducente con las reglas contenidas en los Capítulos I y II del Título Segundo de este Código.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.