Artículo 286 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los careos se practicarán dando lectura a las declaraciones que se reputen contradictorias llamando la atención de los careados sobre los puntos de contradicción, a fin de que entre ellos se reconvengan e interroguen y de tal reconvención o interrogatorio pueda obtenerse la verdad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.