Artículo 323 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Ministerio Público al formular sus conclusiones, lo hará por los mismos hechos delictuosos precisados en el auto de plazo constitucional, pudiendo variar la clasificación legal que de ellos se hubiere hecho en dicho auto.
En este caso se acompañarán por el Ministerio Público, tantas copias como inculpados sean, con las que se les dará vista para oírlos en defensa.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.