Artículo 562 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Concluído el alegato del Ministerio Público, el defensor hará la defensa sujetándose a las reglas que establezca el Artículo 560.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.