Código de Proc. Penales estatal

Artículo 575 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas

Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para la votación, el Secretario entregará a cada uno de los Jurados dos fichas, una de las cuales contendrá la palabra “sí” y la otra palabra “no” y después se les presentará una ánfora para que en ella depositen las fichas que contengan su voto. Recogidas las fichas de todos los Jurados, el Secretario entregará el ánfora al Presidente del Jurado y presentará otra a los Jurados para que depositen en ella la ficha sobrante. El Presidente sacará de la ánfora de votación, una a una, las fichas que contenga y leerá en voz alta la palabra escrita en ella, haciendo el Secretario el cómputo de votos. Después se dará lectura a éste y el Presidente ordenará al Secretario que asiste el resultado de la votación en el pliego en que se formuló el interrogatorio.

Si alguno de los jurados reclamare en este momento, por haber incurrido en error o equivocación al emitir su voto, se repetirá la votación.

Una vez escrito el resultado de la votación ya no podrá repetirse.

Además del ánfora donde depositen los Jurados las fichas de su votación, se pondrá otra en poder del defensor del acusado para que en ella se guarden las fichas sobrantes.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 575 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas?

Para la votación, el Secretario entregará a cada uno de los Jurados dos fichas, una de las cuales contendrá la palabra “sí” y la otra palabra “no” y después se les presentará una ánfora para que en ella depositen las…

¿Está vigente el artículo 575?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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