Artículo 89 de Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas
Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
No podrán los Tribunales modificar sus resoluciones en ningún sentido, después de firmadas; este entiende sin perjuicio de la aclaración de sentencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.