Artículo 297 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La aclaración de sentencia procede sólo una vez y, únicamente, respecto de las definitivas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.