Artículo 417 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Serán aplicables, en lo conducente, las disposiciones de este capítulo, a las averiguaciones que se practiquen por el Ministerio Público.
CAPITULO VIII Separación de autos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.