Artículo 467 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando se esté en cualquiera de los casos previstos por el artículo anterior, se comprobarán los requisitos a que él mismo se refiere y además, los previstos en las Fracciones II, III y IV del Artículo 97, del Código Penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.