Artículo 361 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 361.- Los documentos existentes fuera de la jurisdicción del Tribunal en que se siga el procedimiento, se compulsarán en virtud de exhorto que se dirija al del lugar en que se encuentren.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.