Artículo 446 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Art. 446.- Concluída la instrucción se mandará correr traslado del proceso al Ministerio Público por el término de seis días para que formule conclusiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.