Artículo 395 de Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Si los procesos o averiguaciones se siguen en distintos juzgados, será competente para conocer de todos los que deban acumularse el juez que conociere de las diligencias más antiguas, si todos son de la misma categoría. Si se comenzaron en la misma fecha, será competente el que designare el Tribunal Superior de Justicia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.