Artículo 114 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, tendrá las atribuciones siguientes:
I. Elaborar y proponer a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica el anteproyecto del Programa de Capacitación Electoral del Instituto, durante el mes de agosto del año anterior al que deba aplicarse;
II. Elaborar y proponer a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica el anteproyecto del Programa de Educación Cívica y Democrática del Instituto durante el mes de agosto del año anterior al que deba aplicarse;
III. Elaborar materiales educativos e instructivos electorales para el desarrollo de los programas institucionales en materia de Capacitación Electoral y Educación Cívica y Democrática y presentarlos a la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica para su opinión;
IV. Llevar a cabo las acciones necesarias para exhortar y motivar a los ciudadanos al cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos político-electorales;
V. Coordinar todas las actividades de capacitación durante los procesos electorales y de participación ciudadana; y VI. Las demás que le confiera este Código, la reglamentación y normatividad interna que emita el Consejo General.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.