Artículo 163 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Con el fin de propiciar la superación, el desarrollo integral y la consolidación de sus capacidades, el personal de carrera tendrá derecho a obtener ascensos y movilidad horizontal dentro de los rangos y niveles que integran la estructura orgánica y ocupacional del Servicio Profesional Electoral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.