Artículo 177 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Tribunal Electoral del Distrito Federal cuenta con patrimonio propio, el cual es inembargable, y se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas del presupuesto que anualmente apruebe la Asamblea Legislativa.
El Tribunal Electoral del Distrito Federal se regirá para su organización, funcionamiento y control, por las disposiciones constitucionales relativas, de los instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos y ratificados por el Gobierno Mexicano, del Estatuto de Gobierno, de este Código, de la Ley Procesal Electoral, y las de su Reglamento Interior. Asimismo, sin vulnerar su autonomía, se regirá por las disposiciones relativas del Código Financiero del Distrito Federal.
TÍTULO SEGUNDO DE SU INTEGRACIÓN CAPÍTULO I DEL NOMBRAMIENTO DE LOS MAGISTRADOS ELECTORALES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.