Código Electoral estatal

Artículo 183 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima

Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Pleno llevará a cabo sesiones públicas para la resolución de los asuntos, salvo cuando determine que la sesión sea privada, en términos de lo establecido en este Código y en el Reglamento Interior del Tribunal.

I. Serán públicas las sesiones en que se conozcan los asuntos siguientes:

a) Instalación formal del Tribunal;

b) Elección del Presidente;

c) Resolución de los juicios que se interpongan en los términos de este Código;

d) Resolución de los conflictos o diferencias entre el Instituto Electoral del Distrito Federal y sus servidores o entre el propio Tribunal y sus servidores, salvo cuando a juicio del Pleno el tema amerite que la sesión sea en privado o se cumpla con una sentencia de amparo;

e) Presentación del informe que el Presidente rinda anualmente al Pleno sobre el estado general que guarda el Tribunal;

f) En los demás casos en que, por la naturaleza del asunto, el Pleno así lo considere pertinente.

II. El Pleno también podrá celebrar reuniones privadas para la atención de los asuntos de su competencia, las cuales deberán verificarse por lo menos una vez a la semana, cuando no tenga lugar un proceso electoral o de participación ciudadana. Las reuniones privadas se sujetarán a la regulación que se establezca en el Reglamento Interior.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 183 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima?

El Pleno llevará a cabo sesiones públicas para la resolución de los asuntos, salvo cuando determine que la sesión sea privada, en términos de lo establecido en este Código y en el Reglamento Interior del Tribunal. I.…

¿Está vigente el artículo 183?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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