Artículo 299 de Código Electoral del Distrito Federal — Colima
Código Electoral del Distrito Federal — Colima · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Una vez cumplido con lo establecido en el artículo anterior, los integrantes de la Mesa Directiva de Casilla, procederán al escrutinio y cómputo de los votos sufragados en la casilla para determinar:
I. El número de electores que votó en la casilla;
II. El número de votos emitidos en favor de cada uno de los Partidos Políticos, candidatos o Coaliciones;
III. El número de votos nulos; y IV. El número de boletas sobrantes, no utilizadas de cada elección.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.